Becas de Prácticas Remuneradas en el Instituto de Crédito Oficial (ICO) 25 plazas – Gestionadas por Fundación SEPI (Plazo: 6 de septiembre de 2026)

Becas de Prácticas Remuneradas en el Instituto de Crédito Oficial (ICO) 25 plazas – Gestionadas por Fundación SEPI

Fundación Sepi

Organismo: Instituto de Crédito Oficial (ICO) – gestionadas por Fundación SEPI

Requisitos:

Con carácter general, en todos los procesos de selección que se realicen durante la
vigencia del programa 2024/2027 del Programa, aquellos candidatos que deseen optar
a alguna de las becas integradas en el Programa deberán cumplir los siguientes
requisitos:
3.1. Ser ciudadano de la Unión Europea.
3.2. Haber concluido, antes de la fecha de incorporación a la beca, los estudios necesarios
para la obtención de un título oficial universitario o superior de formación
profesional en algún centro docente español reconocido oficialmente, apto para
desempeñar tareas de acuerdo con las plazas ofertadas. Los títulos obtenidos fuera
de España serán admitidos siempre y cuando estén homologados o cuenten con la
declaración de equivalencia otorgada por el Ministerio de Educación y Formación
Profesional.
Podrán también presentar su candidatura y optar a las becas convocadas las
personas estudiantes universitarias que tengan, como máximo, 30 créditos ECTS
pendientes de aprobar, antes de la fecha de incorporación a la beca.
Dichas titulaciones deberán acreditarse mediante exhibición de original o copia
legitimada en el momento en que se soliciten.
3.3. Haber concluido los estudios necesarios para la obtención del título de que se trate
desde el 1 de enero de 2022 o cumplir con el requisito establecido en el párrafo
segundo del apartado anterior.
3.4. Haber nacido con posterioridad al 31 de diciembre de 1998.
3.5. No haber desempeñado trabajo profesional alguno relacionado con su titulación, ya
sea por cuenta propia o ajena.
3.6. Estar dispuesto o dispuesta a fijar la residencia en el lugar donde vaya a recibir su
formación práctica.
3.7. No haber sido beneficiario o beneficiaria de algún programa de becas de la
Fundación SEPI, ni haber renunciado a alguna beca otorgada por esta institución
durante el periodo formativo.

Solicitudes:

Las solicitudes deberán ser formuladas exclusivamente cumplimentando el formulario
establecido al efecto en la página web de la Fundación SEPI (www.fundacionsepi.es). No
serán admitidas solicitudes presentadas a través de otro medio.

Dotación:

Beneficios del Programa.
2.5.1. La persona beneficiaria del Programa tendrá derecho a obtener los
siguientes beneficios:
a. A disfrutar de un período de formación práctica en un centro del Grupo
ICO.
b. A percibir una asignación económica mensual por el periodo formativo
de 1.100 €, o parte proporcional que corresponda, en función de la
fecha de incorporación de la persona beneficiaria. Dicho importe será
satisfecho durante los meses siguientes a su fecha de incorporación
mientras disfrute de la beca.
En el supuesto de que la persona en formación práctica pase a una
situación de incapacidad temporal, tendrá derecho a percibir el 100 %
de su asignación durante el primer mes de baja (salvo que se haya
procedido a la suspensión de la beca por las circunstancias que
concurran en el caso). A partir de ese momento, percibirá la parte de
asignación que le corresponda, conforme a los criterios fijados para
estos casos en la normativa de la Seguridad Social.
c. A la cobertura de un seguro de accidentes, que será suscrito por la
Fundación SEPI a su favor.
d. A su incorporación en el régimen general de la Seguridad Social, en los
términos y condiciones establecidos por la normativa aplicable (Real
Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los
términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la
Seguridad Social de las personas que participen en programas de
formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional
tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto sobre actualización,
adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social y demás
normativa sobre cotización de este colectivo). La acción protectora de la
Seguridad Social respecto de las personas beneficiarias de las becas,
será la que se deriva de su citada inclusión en el régimen general de la
Seguridad Social, con la única exclusión de la protección por desempleo.
2.5.2. En el caso de prórroga de la beca, las personas becarias tendrán los mismos
derechos que los establecidos en el apartado anterior.
2.5.3. Sobre las cantidades a percibir por las personas becarias, la Fundación
SEPI practicará las retenciones tributarias y las deducciones por cuotas de
la Seguridad Social que resulten exigibles en cada caso, de acuerdo con la
normativa aplicable, y comunicará a la Base Nacional de Subvenciones, en
cumplimiento de la normativa vigente, a efectos estadísticos, los importes
entregados por este concepto.
2.5.4. La Fundación SEPI transferirá a cada persona beneficiaria la cantidad que
proceda, dentro de los cinco primeros días del mes siguiente al que
corresponda, salvo el primer mes, que lo hará una vez transcurrido el
mismo.

Plazo de presentación: Hasta 06/09/2026 (Susceptible a error de cálculo, comprobar siempre)

Bases:

Bases y convocatoria

Si te presentas a esta convocatoria y consigues este empleo infórmanos para llevar un control de la utilidad de este servicio: ¡GRACIAS!

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