Convocatoria: Técnica/o de Administración General – Ayuntamiento de Guadalix de la Sierra (Madrid) (Plazo: 9 de agosto de 2024)

Técnica/o de Administración General – Ayuntamiento de Guadalix de la Sierra (Madrid)

Organismo: Ayuntamiento de Guadalix de la Sierra (Madrid)

Requisitos:

Estar en posesión del Título Universitario de Licenciado en Derecho, en Ciencias Políticas y de la Administración, en Económicas, en Administración y Dirección de Empresas, en Ciencias Actuariales y Financieras, en Ciencias Jurídicas de las AAPP o de los títulos de grado correspondientes, según lo establecido por la normativa que regula la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.

Solicitudes: 

Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud que estará incluido en estas bases y en la página web de e ste ayuntamiento y en el que se debe manifestar que se reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base 4ª. 

La presentación de solicitudes se realizará en el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. 

La solicitud se dirigirá al Sr. alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Guadalix de la Sierra y se presentará, alternativamente, por cualquiera de los medios siguientes: en e l R e g i s t r o del Ayuntamiento, presencialmente o a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento. En la instancia se hará constar la titulación oficial que se posee para participar en estas pruebas, en virtud de lo señalado en esta convocatoria. 

Justificante de pago de la tasa de examen según la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por derechos de examen por importe de 15€ en la cuenta del Ayuntamiento de Guadalix de la Sierra: IBAN: ES92 2100 4744 6713 0019 4370. Quedarán exentos del pago de dichas tasas todas aquellas personas que se encuentren en situación de desempleo, acreditándolo con la correspondiente demanda de empleo, debidamente sellada. Igualmente, las familias numerosas especiales quedarán exentas del pago y las familias numerosas normales se les bonificará al 50%. 

No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes, incluida la no subsanación en plazo de la solicitud. 

La falta de justificación del abono de los derechos de examen determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso la presentación y pago supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud. 

Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación, mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza. 

Los aspirantes con discapacidad deberán indicar en las solicitudes las adaptaciones que les sean necesarias para el correcto desarrollo de las pruebas selectivas tanto en lo referente a medios como a tiempo.

Plazo de presentación: Hasta 09/08/2024 (Susceptible a error de cálculo, comprobar siempre)

Bases

Convocatoria

Bases

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